El Blog de King Kong Inmobiliaria



miércoles, 21 de agosto de 2024
ACTUALIDAD VIVIENDA EN VENTA

¿Se puede donar una vivienda protegida o una VPO?

Una vivienda protegida es aquella que cuenta con algún tipo de protección que impone diversas obligaciones, como un precio máximo de venta o alquiler o unos requisitos para poder adquirir una. Además, no siempre es posible traspasar estos inmuebles antes de que concluya un determinado plazo. Pero ¿y donarla? En este artículo explicamos si se puede donar una vivienda protegida o una VPO.

¿Se puede donar una VPO o una vivienda protegida?

“En la mayoría de los casos, se puede donar una vivienda protegida siempre que esta vaya a ser la residencia habitual del donatario y previa autorización de la consejería correspondiente si no ha transcurrido el plazo de protección de la vivienda”, comentan desde Libra Gestión de Proyectos, reconocida gestora de cooperativas con amplia experiencia en vivienda protegida.

Por ejemplo, en Andalucía, un propietario puede transmitir, alquilar o ceder una vivienda protegida, previa autorización, una vez pasados 10 años desde la escritura pública o la calificación definitiva. Esta condición puede exceptuarse en los siguientes casos, contemplados en el artículo 26 del Reglamento de Viviendas Protegidas:

  • Cualquier cambio en la situación laboral.
  • Aumento de miembros en la unidad familiar.
  • Necesidad de un miembro de la unidad familiar mayor de 65 años.
  • Ser algún miembro de la unidad familiar víctima del terrorismo.
  • Ser algún miembro de la unidad familiar víctima de la violencia de género.
  • Otras situaciones sobrevenidas como fallecimiento, discapacidad, nulidad o separación matrimonial, y transmisiones de porcentaje a titulares parciales. También se incluyen otras situaciones que determine el Plan de Vivienda.

¿Cómo se hace una donación de vivienda VPO?

“La donación de una Vivienda de Protección Oficial (VPO) es similar a cualquier otra transferencia de propiedad, pero se deben considerar las particularidades legales asociadas a este tipo de vivienda. Al igual que en la compraventa de viviendas protegidas, es esencial respetar un período de protección específico, que varía según el tipo de vivienda. Este período puede ir desde el día siguiente a la adquisición hasta un máximo de 10 años en algunos casos”, señalan desde Libra Gestión de Proyectos.

¿Hay que pagar impuestos por donarla?

Sí, habrá que pagar varios tributos, como el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, aunque esto varía en función de cada comunidad autónoma. Además, habrá que abonar los gastos de notario y de registro.

“El donatario será responsable de la plusvalía municipal, que deberá pagarse en el ayuntamiento donde se ubique el inmueble. Por su parte, el donante deberá declarar el incremento patrimonial en su declaración de la renta. La donación debe realizarse con el valor máximo legal de venta, y es fundamental considerar los impuestos asociados a la donación de la vivienda”, explican desde Libra.

Por tanto, los gastos asociados a la donación de una vivienda protegida son los siguientes:

  • Notario
  • Registro
  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones
  • Plusvalía municipal

¿Cómo se hace una donación de vivienda VPO?

Para realizar una donación de una vivienda de Protección Oficial (VPO) hay que seguir varios pasos:

1. Obtener la autorización de transmisión: El primer paso es solicitar la autorización de transmisión de la vivienda de protección oficial de la administración correspondiente, que dependerá en función del tipo de construcción y la calificación de la vivienda.

2. Firma ante notario: Una vez obtenida la autorización, se procede a la firma de la donación ante notario.

3. Abonar los impuestos: Después de la firma, se deben abonar los impuestos correspondientes. Estos incluyen:

El impuesto de donaciones.

La plusvalía municipal, que debe ser pagada en el ayuntamiento al que corresponde la vivienda.

4. Inscripción en el Registro de la Propiedad: El último paso es inscribir la donación en el Registro de la Propiedad. Esto oficializa el cambio de titularidad, registrando la vivienda a nombre del nuevo propietario.


Publicado por: Idealista/News

Ver articulo completo en: https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2024/08/21/818847-se-puede-donar-una-vivienda-protegida-o-una-vpo#at_medium=email&at_emailtype=retention&at_campaign=1059&at_creation=news_daily_20240821&at_send_date=20240821&at_link={m-10-titular-node-818847}&at_recipient_id=72480999221&at_recipient_list=3&utm_medium=email&utm_campaign=1059&utm_term={m-10-titular-node-818847}